¿Emprendes en 2018? Descubre las principales bonificaciones e incentivos que te esperan
21 de enero de 2018
¿Emprendes en 2018? Descubre las principales bonificaciones e incentivos que te esperan
Emprender en 2018 puede ser una gran idea. Sobre todo porque tras las modificaciones que se han realizado en la Ley de Autónomos, se pone en marcha un interesante paquete de bonificaciones que consiguen que poner en marcha un negocio sea algo menos duro los primeros meses. En MuyPymes resumimos para vosotros las principales deducciones y bonificaciones de cuota a la que os podréis acoger este año.
Tarifa plana de 50 euros al mes
La tarifa plana para nuevos autónomos es uno de los principales incentivos para emprender en 2018. A diferencia de otros años, la nueva tarifa de 50 euros al mes no tiene límite de edad y también está disponible para aquellos autónomos que no hayan estado inscritos en el RETA los últimos 2 años. Algunas características que hay que tener en cuenta de esta tarifa son las siguientes:
La cuota es de 50 euros al mes siempre que se escoja la base mínima de cotización. Para las otras bases, hay una bonificación del 80%
La duración de la tarifa plana es de un año. Durante los siguientes seis meses, el autónomo puede acogerse a una reducción del 50% de la cuota, a los que seguirán otros tres meses con una reducción del 30% y un último trimestre con una bonificación del 30%.
Hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 podrán disfrutar de una bonificación de un 30% durante un año adicional. Aquellos autónomos que tengan reconocida una discapacidad del 33% o superior, podrán acogerse a una bonificación del 50% durante los siguientes 48 meses. Esa última bonificación también se aplicará a víctimas del terrorismo y de violencia de género.
Volver a trabajar tras las maternidad …
Las madres que se incorporen hasta dos años después de su baja por maternidad (se incluyen en este epígrafe las adopciones) podrán beneficiarse de una tarifa plana de 50 euros al mes durante un año, si se cotiza por la base mínima. En el resto de bases, la reducción será del 80%.
Además (y también en el caso de paternidad) podrán solicitar un incentivo que supone una bonificación del 100% de la cuota de autónomo, aplicada a la base media del último año cotizado. Si además se quiere contratar un trabajador, disfrutará de una bonificación del 100% de su cuota durante un año.
…O emprender después de los 65 años
En 2018 tener más de 65 años y emprender puede ser muy rentable. Aquellos que quieran seguir trabajando por cuenta propia (estando inscritos en el RETA) podrán acceder a una exención del 100% de las cuotas por contingencias comunes. Para ello deberán cumplir con los siguientes requisitos.
Tener 65 años y 2 meses de edad y haber cotizado como mínimo 35 años y 9 meses.
Tener 65 años y 3 meses de edad y haber cotizado como mínimo 35 años y 6 meses.
Conciliación y familia
Uno de los objetivo de la nueva ley que regula la actividad de los autónomos es favorecer el alta de nuevos autónomos, especialmente en el seno familiar. En este sentido, los familiares de autónomos (de hasta segundo grado) podrán beneficiarse de una reducción del 50% de la cuota sobre la base mínima durante 18 meses cuando se den de alta y de un 25% durante los 6 meses siguientes.
Autónomos y asalariados
Finalmente, otro de los colectivos más beneficiados con las reformas que se plantean para 2018 son aquellos que siendo autónomos, tienen además un trabajo como asalariados. En este caso se prevén los siguientes escenarios:
Casos en los que la cotización simultánea por cuenta ajena por contingencias comunes tiene una cuantía igual o superior a 12.215,41 euros, podrán beneficiarse de una devolución del 50% del exceso, o el 50% como máximo de las cuotas en el RETA.
Cuando ya sean asalariados y se den de alta en el RETA pueden acogerse a un tipo de cotización del 50% de la mínima durante los primeros 18 meses, y del 75% los siguientes 18.
Trabajadores que su actividad como asalariado sea a tiempo parcial a partir del 50% de lo que corresponde al tiempo completo pueden escoger un tipo de cotización del 75% de la base mínima durante 18 meses; y del 85% los siguientes 18 meses.
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