Modificaciones en los modelos de autoliquidación del IVA: Nuevas normativas a partir de noviembre de 2024
31 de octubre de 2024
Modificaciones en los modelos de autoliquidación del IVA: Nuevas normativas a partir de noviembre de 2024
El 17 de octubre de 2024, se publicó la Orden HAC/1167/2024, que introduce modificaciones técnicas a varios modelos de autoliquidación y declaración en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Esta normativa es significativa ya que busca adaptar los modelos existentes a los cambios en los tipos impositivos establecidos por el Real Decreto-ley 4/2024, que prorroga medidas fiscales en respuesta a las crisis en Ucrania y Oriente Próximo.
Modificaciones a los modelos de autoliquidación y declaración
La nueva orden afecta principalmente a la Orden EHA/3434/2007, que aprueba los modelos 322 y 353 de autoliquidación mensual, así como al modelo 039 de comunicación de datos, y a la Orden EHA/3111/2009, que regula el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA. Estas modificaciones son necesarias debido a la coexistencia de múltiples tipos impositivos y recargos de equivalencia que entraron en vigor el 1 de octubre de 2024.
Contexto de las modificaciones
Desde el 1 de octubre, se implementarán seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia, mientras que el modelo 322, en su diseño actual, solo permite la declaración de cinco tipos impositivos y cuatro recargos. Para abordar esta discrepancia, se han añadido nuevas casillas en el modelo 322 para reflejar los cambios en los tipos impositivos y recargos de equivalencia.
Durante el año 2024, se prevé que existan siete tipos impositivos y ocho tipos de recargo de equivalencia, lo que también ha llevado a la modificación del modelo 390. Esta actualización permitirá que el modelo 390 incluya todos los tipos impositivos y recargos de equivalencia vigentes durante el año.
Principios de elaboración de la Orden
La elaboración de esta orden se ha llevado a cabo en cumplimiento de los principios establecidos en la Ley 39/2015, que regula el Procedimiento Administrativo Común. Se han considerado aspectos como la necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. La orden se justifica por la necesidad de adaptar los modelos a los nuevos tipos impositivos introducidos por el Real Decreto-ley 4/2024.
Seguridad jurídica y transparencia
Se ha garantizado la coherencia del texto con el ordenamiento jurídico nacional y comunitario, asegurando un marco normativo estable. Además, se ha promovido la transparencia mediante la publicación del proyecto de orden y su memoria en el portal del Ministerio de Hacienda, permitiendo que los ciudadanos accedan a la información durante el proceso de audiencia pública.
Disposiciones finales
La orden consta de dos artículos, una disposición final única y dos anexos. La entrada en vigor de esta normativa está programada para el 1 de noviembre de 2024. En cuanto a su aplicación, el modelo 322 se utilizará por primera vez para la autoliquidación correspondiente a octubre de 2024, mientras que el modelo 390 se aplicará a la declaración-resumen anual de 2024.
Esta actualización normativa es un paso importante para garantizar que los procedimientos de autoliquidación y declaración se alineen con las nuevas exigencias fiscales, contribuyendo así a una gestión más eficiente del IVA en el país.
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